El Ente Regulador del Juego de Azar cuenta con un Área específica para atender los temas relacionados con los Bingos, Rifas y Promociones Comerciales que se lleven a cabo en el territorio Provincial, cuya es la de velar por el cumplimiento de la reglamentación para el desarrollo de los mismos.
Funciones Principales del Área Bingos, Rifas y Promociones Comerciales:
Brindar asesoramiento y controlar el cumplimiento de la normativa vigente, en materia de bingos, rifas y promociones comerciales.
Fiscalizar el desarrollo y resolución de los bingos, rifas y promociones autorizados por el Directorio.
Efectuar denuncias ante las autoridades policiales acerca de cualquier juego no autorizado.
Llevar un registro de los de comercializadores, operadores informáticos e imprentas autorizadas y de las entidades no autorizadas a realizar eventos.
Analizar y emitir dictamen técnico sobre la factibilidad de autorizar el pedido presentado, ya sea para bingos y rifas como para promociones comerciales.
Controlar, en su aspecto contable, el cumplimiento por parte de las entidades de bien público y sin fines de lucro, de los reglamentos y demás resoluciones de este Ente, como así también, la idoneidad de las garantías, interviniendo en el trámite previo de autorización de los eventos, así como en la rendición de los mismos.
Poner en conocimiento de las autoridades superiores, en forma inmediata, las irregularidades detectadas labrando las actas que pudieran corresponder.
Controlar el cumplimiento de lo establecido en las resoluciones de autorización dictadas por el directorio.
*: .
* Dicho valor es a los efectos de dar cumplimiento a lo requerido en la Resolucion 376/16 art. 28, para el calculo del monto maximo de recaudacion total para eventos de menor cuantia.
En el caso, de la Resolucion 166/22 (art. 6, inc. a) servira de calculo para el monto a abonar como derecho de tramitacion en las Promociones Comerciales.
Todas las entidades (establecimientos educativos o sus cooperadoras, parroquias y congregaciones religiosas, clubes sociales, culturales y deportivos, agrupaciones carnestolendas, entre otras) podrán realizar bingos y rifas con el objeto de destinar las utilidades del evento lúdico a un fin netamente comunitario u obra de bien social, acreditando la legalidad de la institución o entidad correspondiente en cada caso.
Son aquellos Bingos y Rifas organizados por personas jurídicas sin fines de lucro, que persiguen objetivos de bien común y cuya recaudación programada por todo concepto no supere el equivalente, en moneda de curso legal, de 2.500 litros de nafta súper (aproximadamente $ 240.000 a noviembre de 2021)
Bingos y Rifas de menor cuantía (con 10 días de antelación a la fecha probable del evento)
Nota solicitando autorización para realizar un bingo o una rifa, la misma debe contener Identificación del solicitante: Nombre, Apellido, DNI, teléfono y domicilio. Indicación de la fecha, lugar y hora del sorteo. Detalle de premios e Indicación de los datos de los sorteos extraordinarios si los hubiere. Datos de la imprenta y objeto del destino de los fondos obtenidos.
Copia DNI del responsable del evento.
Facsímil de juego, con su reglamento.
Bingos de mayor Envergadura: (con 60 días de antelación a la fecha probable de realización del evento)
Formularios BR001, BR002, BR003 y BR004, incluir correo electrónico
Copia de nota dirigida a la AFIP/ DGR / MUNICIPALIDAD sellada, informando el juego que propicia efectuar.
Facsímil del cartón, (cupón de juego) que contenga el reglamento del juego.
Boleta de depósito del 1% en concepto de previsión de pago. Bco. MACRO Cuenta Caja de ahorro Nº 4-100-0008051687/1, a nombre del Ente Regulador del Juego de Azar. Calculado sobre la recaudación total prevista.
Documentos de garantía
(hasta un millón de pesos de recaudación total), deberá estar sellado por la Dirección General de Rentas de la Provincia y certificada la/s firma/s por escribano público. El mismo deberá confeccionarse por el monto total previsto a recaudar (cantidad de cartones x precio de venta = total a recaudar). Deberá estar firmado por las autoridades de la Entidad, en tal carácter en el frente y firmado en el dorso en forma personal por aquellos que sean solventes económicamente y avalen el mencionado documento.
Deberá adjuntar: Copias del DNI y de recibo de sueldo (último mes) del garante y/o Manifestación de bienes y Certificado de ingresos firmado por Contador y legalizada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas. No se aceptan recibos de haberes inferiores al salario mínimo, vital y móvil vigente, ni jubilatorios.
(cuando supere un millón de pesos de recaudación total) contratado en una Compañía de Seguros.
Factura Proforma o presupuesto de los premios, si éstos son Bienes Muebles o Inmuebles. Tener en cuenta que deberán entregar los premios según las especificaciones y precios dados en dichas facturas, y en ningún caso podrá ser otro producto de menor valor.
En caso que el fin social perseguido sea la refacción y/o construcción de algo determinado, se deberá acompañar fotografías del lugar al inicio y al momento de presentar la rendición final.
En caso que la entidad contrate un comercializador y /o promotor para realizar la venta de Bingos y/o rifas, deberá acompañar: Copia contrato de comercialización y nota en la cual el comercializador o promotor asume en forma solidaria, con el organizador, las responsabilidades y obligaciones que se generen con el motivo del evento.
Programa de premios. En caso de ser bienes muebles y/o inmuebles indicación del valor, teniendo siempre en consideración que el monto destinado a premios no podrá ser inferior al 20% del total a recaudar.
Tener presente que las imprentas deben adjuntar el mismo en modelo de facsímil, según modalidad elegida por la entidad ya sea bingo/rifa presencial, radial o televisado)
Los datos deben coincidir con los que se detallen en la nota de pedido de autorización.
Nombre y domicilio de la entidad organizadora.
Detalle de los premios.
Precio del cartón.
Lugar, fecha y hora del sorteo.
Nº de Resolución del ENREJA que autoriza el evento.
Reglamento de juego
Todas aquellas imprentas registradas en nuestro organismo. Y para eventos computarizados que posean homologado el sistema informático para tal fin.
Acta en donde conste la decisión de realizar el evento.
Nota indicando la conformación de su órgano de fiscalización o control (datos personales, domicilios y teléfonos particulares).
Certificados vigentes y actualizado de Personas Jurídicas, donde conste nómina de autoridades.
Ultima Acta de designación de autoridades.
Copia del Estatuto Social.
Último Balance General aprobado
Copia del Instrumento público donde se designa al Párroco.
Copia del DNI del Párroco a cargo de la Iglesia o Parroquia.
Acta Constitutiva Comisión de Padres y/o Cooperadora escolar, mediante instrumento público y/o privado con certificación de firmas de todos sus miembros.
Acta de Aprobación de llevar a cabo el evento de la Comisión de Padres y/o Cooperadora Escolar.
Nota Certificando la existencia de la Comisión y/o Cooperadora firmada por la máxima autoridad del Establecimiento Educativo.
Acta Constitutiva de la Asociación realizada por Instrumento público o por Instrumento privado con sus firmas certificadas ante Escribano Público.
Acta en donde conste la decisión de realizar el evento.
Nota indicando la conformación de su órgano de fiscalización o control (datos personales, domicilios y teléfonos particulares). Si la Asociación posee menos de 20 integrantes no se le exigirá que posean Órgano de Fiscalización o Control.
Cuando la Asociación Simple sea una Agrupación Carnestolenda deberá presentar un certificado expedido por el Municipio donde autorizan la participación en los Corsos de Carnaval, firmado por la autoridad competente.
Cuando la Asociación Simple sea una Comisión de ayuda, deberá presentar un certificado de reconocimiento de la máxima autoridad del Establecimiento al que pretenden ayudar y/o por el cual trabajan.
El comercializador deberá encontrarse inscripto en este Organismo de Control y deberá presentar:
Contrato de comercialización, respetando los porcentajes máximos fijados por el Reglamento de Bingos y Rifas.
Nota en la cual el comercializador o promotor asume en forma solidaria, con el organizador, las responsabilidades y obligaciones que se generen con el motivo del evento.
Boleta de depósito del 0.5% en concepto de previsión de pago. Bco. MACRO Cuenta Caja de ahorro Nº 4-100-0008051687/1, a nombre del Ente Regulador del Juego de Azar. Calculado sobre la recaudación total prevista.
El Ente Regulador del Juego de Azar podrá solicitar además, cualquier documentación que estime necesaria, a los fines de otorgar la correspondiente autorización.
El evento debe contar con la presencia, indefectible, de un Escribano Publico (Juez de Paz solo en localidades que no haya Escribano)
Acta certificada por escribano con detalle de cartones vendidos, no vendidos (incluidos los anulados, que la entidad deberá archivar hasta la efectiva notificación del cierre del expediente), y extraviados (c/denuncia policial previa al sorteo).
Acta del desarrollo del sorteo certificada por escribano.
Recibos de entrega de premios conformados por el beneficiario y certificados por Escribano.
Copia pago Tasa 5% sobre la base de cartones vendidos. (tener presente pago tasa realizado al inicio de tramite)
Deberán presentar un informe certificado por Contador Público matriculado, declarando los ingresos, detalle de egresos y utilidades obtenidas, legalizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Salta.
La aplicación de las sanciones previstas en la Ley 7020 y su modificatoria Ley 7133
La inmediata anulación del bingo o rifa y el decomiso de los billetes o cartones de comprobarse que se encuentran en circulación o en poder de los organizadores.
La ejecución de las garantías dadas por el organizador y el comercializador a los fines de que, una vez percibidas, se aplique su producido al pago de las actuaciones administrativas y de control y/o a la devolución del importe de los billetes o cartones a sus poseedores y/o atender los reclamos de los ganadores si correspondiera.
NOMBRE
LOCALIDAD
TELEFONO
Walter Serrano
R. de la Frontera
3876-15669525
Hector Dip
El Carril
387-155490892
Juan Carlos Ibire
Salta Capital
387-155011265
Luis Hector Soria
Pichanal
3878-15640774
Sergio Anibal Albornoz
Metan
3876-15554868
Sr. Guananja Facundo Hector
Alto Comedero-Jujuy
388 -155764362
NOMBRE
LOCALIDAD
TELEFONO
GRAFICA SILMAC SRL
Salta Capital
4220161 /4398061
ARTES GRAFICAS CRIVELLI
Salta Capital
4318300/4318300
GRAFICA EXPRESS
Salta Capital
4212415
DR. INSUMOS
Salta Capital
4321488/387-5770697
OKAPI DISEÑOS
Salta Capital
387-5011537
IMPRENTA ARCANGEL
Salta Capital
4272060
EDITORIAL MILOR
Salta Capital
4225489
MYM INFORMATICA
Salta Capital
387-4049111
IMPRESOS COMERCIALES TORO
Salta Capital
4224470/387-6052960
IMPRENTA MAESTRO SH
Salta Capital
4220116
MUNDO GRAFICO
Salta Capital
4234572
CARTON INDUSTRIA GRAFICAS
Salta Capital
4236019
SAMI SOFT
Salta Capital
387-4063491
JR IMPRESIONES
Salta Capital
4221850
CLAUDIA ARRAYA
Salta Capital
387-4024856
IMPRENTA ADRIAN MAESTRO
Salta Capital
No Detalla
STAMPA IMPRESIONES
Salta Capital
4223570/387-4502124/5931703
TALLER GRAFICO DON RAUL
Rosario de Lerma
4939859/387-6832313
IMPRENTA SUR
El Carrilo
4908025/387-4100868-4558554
SUAARI SOFT
Cafayate
387-5526656
IMPRENTA MULTIGRAFICA ALEX
Pichanal
03878-493076/3878-211117
MONSEGRAF IMPRENTA
Pichanal
3878-227172
GRACIELA MEYER
Apol. Saravia
3877-444190/3877454964
IMPRENTA IMAGINARTE
Apol. Saravia
3877-476381
COQUITO COMPUTACIÓN
El Quebrachal
0387-491201/ 3877-533098
IMPRE - ZOS
Las Lajitas
03877-494928
MANROCO SOLUTIONS IT
Joaquin V. Gonzalez
3877-537349
GRAFICA e IMPRENTA PONS
Rosario de la Frontera
03876-482534
IMPRENTA EL GRAFICO
Oran
03878-422123/3878-441387
GRAFICA NORTE
Oran
03878-428468
IMPRESIÓN & DISEÑO
Oran
03878-423069
GRAFICA NORTE
Embarcacion
0387-471491//387-501739
SELLOS OLMEDO
Colonia Santa Rosa
387-545083
JOSÉ HECTOR LAMAS
San Salvador de Jujuy
0388-4234300//388-4490592
FACUNDO HECTOR GUANANJA
San Salvador de Jujuy
388-5764362
FRANA IMPRESIONES
San Salvador de Jujuy
388-5764362//388-4242399
Toda forma de promoción comercial para productos y/o servicios, que se efectúe en el territorio provincial requiere de la autorización de este Ente Regulador, toda vez que intervenga un evento cuyos resultados futuros e inciertos (para determinar un ganador) sean dirimidos por mecanismos o resoluciones, en los cuales interviene solamente el azar.
Las promociones comerciales son actividades destinadas a promocionar productos, servicios, espectáculos, etc. mediante campañas publicitarias organizadas por empresas locales, nacionales o extranjeras que tienen por objeto incrementar sus ventas o posicionar un producto y/o servicio en el mercado local.
Para lanzar una promoción comercial las empresas deben considerar la normativa vigente a nivel nacional como provincial.
En el ámbito de la provincia de Salta las promociones comerciales están reguladas por la Resolución Nº 166/22 del Ente Regulador del Juego de Azar.